Gorrola baserria desagertuta dago aspalditik. Ez dago gaur inongo aztarnik. Kokatzeko, esan, Gorla azpian, baina Uzarraga aldera, kokatzen zela.
Atal honen izenburuak adierazten duen bezala, dokumentu honetan Gorrola baserriko jabea eta alargua zen Maria de Ochoa de Recaldek Martin de Agirre eta Maria Joanes de Aizpitarteri alokatutako baserria eta ondasunak adierazten zaizkigu. 1604ko otsailaren 23an eginiko dokumentua da. Interesgarria da ikusteko zer nolako arrendamenduak egiten ziren garai hartan baserritarren artean, Antzuolan:
GORROLA BASERRIAREN ANTZINAKO KOKAPENA. ESKUMAGO GORLA GAINA
Doña Maria de Ochoa de Recalde viuda y vecina de Anzuola. otorgo por
titulo de arrendamiento a Martin de Aguirre y María Joanes de Aizpitarte su
legitima mujer, moradores de la dicha universidad que estaban presentes en su
casa de Gorrola y sus tierras y heredares
y pertenecidos y castañales y
montes e manzanales por tiempo y espacio de dos años… desde el día de Todos los
Santos por siete anegas de trigo y siete anegas de avena y dos capones y doze
libras de queso, y las cribiadia (seribiadia) de una cuarta de linaza y la
mitad del agosto de la manzana que hubiese en los dichos manzanales de renta en
cada un año con las condiciones siguientes:
1º. Los dicho me habeis de dar e pagar las dichas siete anegas de trigo y
siete anegas de avena que se han de tomar e de lo que cogieredes en la dicha
casa, y las dichas doze libras de queso por los dichos días de Todos los Santos
en cada un año y los dichos capones por los días de navidad de en cada un año;
y la mitad del dicho Agosto de la manzana por los fines de los meses de agosto
cuando cogieredes durante el tiempo del dicho arrendamaiento sin otro plazo
aguno; y que me hayais de sembrar en las heredares de la dicha casa durante los
dichos dos años una cuarta de linaza en cada año poniendo yo la simiente y
dando vos otros la tierra adrezada y el estiércol necesario.
2º. Hayan de cultivar y cultiveis y labreis bien e
suficientemente las dichas tierras y heredares y manzanales de la dicha casa en
sus tiempos debidos haciendo los setos de ella según los vecinos comarcanos sin
excusa ni delación alguna.
3º. Habeis de tener y tengais los ganados vacunos
e ovejunos que se os esta entregados en la dicha casa apreciados en 107
ducados a media ganancia y media perdida
… sin los vender ni enagenar tratándolos bien y los dichos ganados se quedan al
presente examinados en la dicha cantidad en las piezas siguientes: dos bueyes
en 24 ducados; dos vacas preñadas con sus crias de antes de a cada dos años en
cada 15 ducados; otra vaca preñada con otra becerra de dos años de antes por 14
ducados; otra vaca con su cría que es novillo por 12 ducados ; 17 ovejas
mayores , entre ellos un carnero en 17 ducados; y 18 cabras mayores en 11
ducados.
4º. La dicha María Ochoa se obliga y obligo de
reparar un poco este presente año la dicha casa.
5º. Que dejeis la dicha casa al final del arrendamiento
segun la costumbre de esta tierra toda la paja de trigo y avena que … y la
mitad de la paja de borona que cojieredes en el ultimo año y no corteis ningun arbol por el pie ni esquimal ningunos
montes para vender sino es para la leña necesaria para gastar en la dicha casa
y para el sustento de los dichos ganados…
ITURRIA:
- Oñatiko Protokoloen Artxibo Historikoa: 1/0744 (1603-1605) 113rto-114 vto.
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